César Hildebrandt Blog

agosto 11, 2007

Ivcher debería devolver 20 millones

Filed under: Artículos — cesarhildebrandt @ 8:58 pm

(La Primera) Ivcher debería devolver 20 millones
El señor Baruch Ivcher Bronstein recibió del Estado peruano la suma de 20 millones y tres­cientos veinte mil soles como “indemnización” por lo sufrido durante la confiscación del Canal 2 a manos del régimen de Alberto Fujimori –régimen al que él sirvió hasta febrero de 1997–.

Esa suma hubiera pasado de puntillas por las ventanillas del Banco de la Nación, que giró el cheque a nombre de Ivcher, si este modesto columnista no hubiera tenido a bien mostrarle al público copia del pago –para vergüenza de Ivcher y sonrojo de su servidumbre–.

La misma noche en que exhibí el cheque fui atacado calumniosa y groseramente por la portavoz achorada de los intereses de Ivcher, la señora Cecilia Valenzuela. Me atacó para distraer la atención porque su único propósito era que la gente cambiara de rumbo y no siguiera dirigiendo la mirada sobre el cheque de marras.

A pesar de sus insultos, nunca he querido responderle como se merece a quien fue reportera de mi programa. Entiendo que aterrizar en su actual lodo para discutir a gritos, como a ella le gustaría, sería hacerle un favor. Sólo quiero recordar que el 2 de febrero del año 2006 a mí me sacaron del Canal 2 por no adular al candidato García y no sumarme al linchamiento de Ollanta Humala. Ella levantó el bra­cito y solicitó ser la fiel intérprete –disfrazada de santu­rrona– de los más zafios intereses de Ivcher. A los pocos días su humanidad doliente mordía a quien pudiera cada noche, un oficio que no por ser antiguo le ha resultado extraordinariamente rentable.

Pero esta columna no quiere insistir en la señora Valenzuela. Lo que quiero decir es que el señor Ivcher debería devolver los 20 mi­llones y 300 mil soles al Estado.

¿Por qué? Porque se trató de un fraude.

El laudo que falló por la indemnización fue dictado por los abogados Jorge Santisteban de Noriega, nombrado por Ivcher; Jorge Avendaño Valdez, designado por el Estado; y Felipe Osterling Parodi, nombrado por los otros dos y quien presidió el proceso arbitral.

Resulta, sin embargo, que ninguno de ellos debió participar en ese proceso.

La Ley General de Arbitraje, la 26572, señala en los artículos 18, 28 inciso 3 y 29 que los abogados que intervengan en un laudo arbitral deben ser imparciales respecto de la materia en litigio y no pueden haberse pronunciado sobre ella.

Y resulta que todo este proceso arbitral tenía como objeto determinar si Ivcher merecía o no una indemnización por haber sido blanco de la Resolución Directoral 117-97, del Ministerio del Interior, la misma que dejó sin efecto legal su título de nacionalidad peruana adquirido en 1984.

No es que la agenda fuera abstracta y que los “daños y perjuicios” se enumerasen en una lista interminable de agravios. Es que el fallo que debían emitir los peritos se circunscribía a los daños y perjuicios causados por la Resolución Directoral 117-97, publicada el 11 de julio de 1997.

Y bien, por esa misma fecha el señor Jorge Santisteban de Noriega se desempeñaba como Defensor del Pueblo. Y como Defensor del Pueblo emitió diversos pronunciamientos en favor de Ivcher, reclamando por la ilegal cancelación de su nacionalidad. Así consta, por ejemplo, en el oficio que envió al ministro del Interior, general César Saucedo, así como en declaraciones públicas a los diarios La República y El Comercio. No era, entonces, ajeno al asunto del laudo y ya se había pronunciado, enérgicamente, en favor de Baruch Ivcher.

Cuando el Canal 2 era administrado por los hermanos Winter, al doctor Jorge Avendaño le fue remitida una consulta. El doctor Avendaño la remitió el 22 de septiembre de 1997 a las oficinas de Canal 2. En ella, para disgusto de los Winter, Avendaño se pronunció a favor de los derechos socie­tarios de la sociedad conyugal Ivcher-Even, que se encontraba afectada por el retiro de la nacionalidad de uno de sus miembros.

Esta consulta fue presentada como prueba por la señora Noemí Even de Ivcher en la demanda que interpuso sobre Convocatoria a Junta General Extraordinaria de Accionistas del 1-12-97 ante el 29º Juzgado Civil de Lima (Expediente 64930-97).

En consecuencia, el doctor Avendaño ya tenía una posición adoptada sobre la ilegalidad de la Resolución que le canceló la nacionalidad a Baruch Ivcher –y que fue materia única del laudo arbitral– y no debió ser parte del proceso.

Y menos podía actuar como árbitro del Estado quien ya había dicho, en 1997, que la conducta del Estado peruano en el caso de Ivcher había sido abusiva e ilegal. Porque Avendaño actuó como representante del Estado en el laudo que favoreció a Ivcher –nombrado, según dicen, por presiones políticas impuestas por Toledo, que quería deshacerse de un verdadero acosador–.

El presidente del tribunal arbitral que favoreció a Ivcher con más de 20 mi­llones de soles fue Felipe Osterling Parodi. Fue el mismo doctor Osterling que absolvió una consulta profesional planteada por Frecuencia Latina durante la administración de los Winter, pronunciándose sobre la ilegalidad de la Resolución Directoral 117-97 del Ministerio del Interior. Tanto fue así, que la consulta absuelta por Osterling también fue usada por Noemí Even de Ivcher como prueba adicional en la misma demanda sobre Convocatoria a Junta General de Accionistas de diciembre de 1997.

Es decir, ninguno de los tres miembros del tribunal arbitral que terminó dándole más de 20 millones de soles a Ivcher debió participar en el proceso arbitral. Y bien haría el Ministerio Público en ordenar una investigación sobre esta costosa y fraudulenta operación.

1 comentario »

  1. PERO NADIE LEE, ESTO IVCHER DEVUELVE LOS 20 MILLONES

    Comentarios por CESAR CHAVEZ — septiembre 12, 2012 @ 3:03 pm | Responder


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